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Abogados penalistas · Concepción

Defensa penal técnica, desde la detención hasta la Corte Suprema.

Somos un estudio dedicado exclusivamente al derecho penal, con más de 5.000 audiencias de experiencia. Representamos a imputados y víctimas en todo Chile, especialmente en las regiones del Biobío y Ñuble.

¿Detuvieron a un familiar? Vea qué hacer ahora.

El proceso penal

¿En qué etapa está su causa?

Cada etapa tiene plazos y oportunidades propias. Elija la suya para ver qué ocurre y cómo intervenimos.

Detención

Qué ocurre

Detención

Si la policía detiene a una persona, debe ponerla a disposición del juez de garantía en un plazo máximo de 24 horas. Desde ese momento tiene derecho a guardar silencio y a contar con un abogado.

Arts. 93, 94 y 131 · Código Procesal Penal

Qué hacemos

Acudimos a la unidad policial o al tribunal, hablamos con la persona detenida y preparamos la audiencia de control de detención, incluida la discusión sobre la legalidad de la detención.

Defensa penal

Control de detención y formalización

Qué ocurre

Control de detención y formalización

El juez revisa si la detención fue legal. La Fiscalía puede formalizar la investigación, es decir, comunicar ante el juez los hechos que investiga, y pedir medidas cautelares como la prisión preventiva.

Arts. 132, 139 y 229 · Código Procesal Penal

Qué hacemos

Discutimos los hechos y su calificación jurídica, nos oponemos a cautelares desproporcionadas y, si se decreta prisión preventiva, la apelamos o presentamos un amparo.

Prisión preventiva y cautelares

Investigación

Qué ocurre

Investigación

La Fiscalía reúne antecedentes. El juez puede fijarle un plazo para cerrar la investigación, que en ningún caso supera los dos años desde la formalización. La defensa puede revisar la carpeta y pedir diligencias.

Arts. 183, 234 y 247 · Código Procesal Penal

Qué hacemos

Estudiamos la carpeta investigativa completa, pedimos diligencias, preparamos peritajes de la defensa y evaluamos salidas alternativas como la suspensión condicional o un acuerdo reparatorio.

Prueba pericial

Acusación y preparación del juicio

Qué ocurre

Acusación y preparación del juicio

Si la Fiscalía acusa, el juez de garantía decide en la audiencia de preparación del juicio oral qué prueba podrá presentarse en el juicio.

Arts. 259, 260 y 276 · Código Procesal Penal

Qué hacemos

Pedimos la exclusión de la prueba ilícita, impertinente o sobreabundante, ofrecemos la prueba de la defensa y analizamos con usted si conviene un procedimiento abreviado.

Prueba pericial

Juicio oral

Qué ocurre

Juicio oral

Un Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, integrado por tres jueces, escucha la prueba. Solo puede condenar si adquiere la convicción más allá de toda duda razonable.

Art. 340 · Código Procesal Penal

Qué hacemos

Construimos la teoría del caso, contraexaminamos a testigos y peritos, y presentamos los alegatos de apertura y clausura.

Defensa penal

Recursos

Qué ocurre

Recursos

La sentencia del juicio oral puede impugnarse con un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones o la Corte Suprema, dentro de los quince días siguientes a su notificación.

Arts. 372, 373 y 376 · Código Procesal Penal

Qué hacemos

Redactamos el recurso y lo alegamos ante la Corte. Durante todo el proceso también presentamos apelaciones y acciones de amparo.

Recursos ante las Cortes

Cumplimiento de la condena

Qué ocurre

Cumplimiento de la condena

Si hay condena, su cumplimiento se controla ante el juez de garantía. La ley contempla penas sustitutivas de la cárcel y, en ciertos casos, la libertad condicional.

Art. 466 · Código Procesal Penal · Ley N° 18.216

Qué hacemos

Solicitamos penas sustitutivas, abonos y libertad condicional, y actuamos frente a sanciones, traslados o condiciones de reclusión que vulneren derechos.

Ejecución de condenas

Método

Toda acusación es una hipótesis.

La Fiscalía debe probar su versión más allá de toda duda razonable. Nuestro trabajo es examinar si la prueba realmente la sostiene y qué explicaciones alternativas no logra descartar.

  1. Primero

    Leemos la carpeta completa

    Antes de definir una estrategia revisamos cada declaración, informe y peritaje de la carpeta investigativa, y armamos la cronología de los hechos.

  2. Después

    Examinamos cada prueba

    Preguntamos cómo se obtuvo, qué método usó el perito y qué puede afirmar un testigo con lo que realmente percibió. Ahí suelen estar las debilidades de una acusación.

  3. En audiencia

    Litigamos con estrategia

    Llevamos esa revisión a cada audiencia: exclusiones de prueba, contraexámenes y alegatos pensados desde el estándar que la acusación debe superar.

Resultados

Resoluciones recientes

Algunas decisiones obtenidas por el estudio, descritas sin datos que identifiquen a nuestros clientes.

  • Corte Suprema

    Acoge un amparo y deja sin efecto una prisión preventiva por homicidio; luego la Fiscalía decide no perseverar

    La Corte de Apelaciones de Santiago había decretado la prisión preventiva sin fundamentar la participación de nuestro representado. La Corte Suprema acogió el amparo y recuperó su libertad.

    Medidas cautelares · Acción de amparo

  • Corte de Apelaciones de Concepción

    Sobreseimiento definitivo de una imputada que actuó en un contexto de violencia intrafamiliar

    La Corte acogió nuestra apelación y reconoció un estado de necesidad exculpante en favor de una mujer imputada por lesiones, que vivía violencia estructural.

    Violencia intrafamiliar · Art. 10 N° 11 del Código Penal

  • Corte de Apelaciones de Concepción

    Revoca una prisión preventiva por homicidio frustrado y la sustituye por arresto domiciliario

    La defensa cuestionó la calificación jurídica y la credibilidad del relato que sostenía la imputación. La Corte revocó la prisión preventiva.

    Medidas cautelares · Calificación jurídica

Cada causa depende de sus hechos y de su prueba, por lo que un resultado anterior no asegura uno similar. Siguiendo las reglas de ética profesional, no publicamos nombres, números de causa ni datos que permitan identificar a nuestros clientes.

Ver resultados y trayectoria

Socios

Su causa, a cargo de un socio

El estudio está a cargo de sus dos socios fundadores. Usted sabe quién lleva su causa y cómo ubicarlo.

Catalina Poblete Pérez

Catalina Poblete Pérez

Socia fundadora

Fue defensora penal pública por más de cinco años, incluida la defensa penitenciaria. Litiga en defensas y querellas, con un enfoque en derechos humanos.

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Rafael Torres Sandoval

Rafael Torres Sandoval

Socio fundador

Fue defensor penal público por más de seis años. Dirige la estrategia probatoria del estudio y cursa el Máster en Razonamiento Probatorio de la Universidad de Girona.

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Cobertura

En todo Chile, especialmente en el Biobío y Ñuble

Representamos a imputados y víctimas en todo el país. Comparecemos en persona o por videoconferencia, según lo permita cada tribunal.

Juzgados de garantía y tribunales orales

  • Concepción
  • Talcahuano
  • San Pedro de la Paz
  • Chiguayante
  • Coronel
  • Lota
  • Arauco
  • Cañete
  • Curanilahue
  • Santa Juana
  • Los Ángeles
  • Chillán
  • Santiago

Cortes

  • Corte de Apelaciones de Concepción
  • Corte de Apelaciones de Chillán
  • Corte de Apelaciones de Santiago
  • Corte Suprema

Por tanto,

si usted o un familiar enfrenta una investigación penal, hable hoy con un abogado del estudio.

Oficina: Caupolicán 567, oficina 905, Concepción. Reuniones con cita previa, presenciales o por videollamada.

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